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Devolución de fianza o aval

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Devolución de fianza o aval

A partir del día 17/01/2023

Objeto

– Solicitud de devolución de fianza o aval bancario depositado como garantía de ejecución de obra o suministro.

Quién puede realizar el trámite

– Cualquier persona física o jurídica que actúe como parte interesada.

Cómo se puede realizar el trámite / Documentación a presentar

– Instancia solicitando la devolución.
– Es recomendable adjuntar fotocopia del documento de depósito de la fianza o aval.

Cómo y cuándo se resuelve
– Conceptualmente una fianza constituye el depósito de una cantidad en metálico en una entidad bancaria que se justifica mediante el documento bancario acreditativo de tal depósito o transferencia, mientras que un aval constituye un documento firmado facilitado por la entidad bancaria expresando que responde de la empresa a la que se le requiere el aval.
– En los supuestos de fianzas, tras la verificación y visto bueno del área o del técnico competente, el interventor procederá a realizar la transferencia bancaria que conllevará la efectiva devolución de las mismas.
– En el caso de avales, el área remitirá al interesado el documento original acreditativo del aval que se depositó en su momento.
– Plazo de tramitación: máximo un mes.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AIBAR / OIBAR - P3100900D
Plaza Consistorial Sancha de Aibar, 1
31460 Aibar / Oibar (Navarra)
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